{"id":1059,"date":"2023-10-20T17:39:11","date_gmt":"2023-10-20T17:39:11","guid":{"rendered":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/?p=1059"},"modified":"2023-10-20T17:39:50","modified_gmt":"2023-10-20T17:39:50","slug":"caracteristicas-especificas-de-la-tributacion-a-la-seguridad-social-en-la-industria-de-la-construccion-primera-parte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/caracteristicas-especificas-de-la-tributacion-a-la-seguridad-social-en-la-industria-de-la-construccion-primera-parte\/","title":{"rendered":"Caracter\u00edsticas espec\u00edficas de la tributaci\u00f3n a la Seguridad Social en la Industria de la Construcci\u00f3n (Primera parte)"},"content":{"rendered":"<p><em>Por Cr. Gerardo Gervasio<\/em><br \/>\n<em><a href=\"mailto:info@ferreirayasociados.com.uy\">info@ferreirayasociados.com.uy<\/a><\/em><\/p>\n<h1>1.- Introducci\u00f3n<\/h1>\n<p>La Industria de la Construcci\u00f3n presenta caracter\u00edsticas especiales que la distinguen de la aportaci\u00f3n en Industria y Comercio ante el Banco de Previsi\u00f3n Social (en adelante BPS). La Ley 16.713 incluye a los trabajadores de la construcci\u00f3n dentro del nuevo r\u00e9gimen de la Seguridad Social, pero por el art\u00edculo 169 de la ley expresa que la aportaci\u00f3n al BPS se seguir\u00e1 rigiendo por las normas legales y reglamentarias espec\u00edficas de la actividad, aplicables a la fecha de vigencia de la ley, por lo que no se han derogado las normas que se aplicaban a la Construcci\u00f3n (especialmente la Ley 14.411 y su decreto reglamentario). Tampoco la nueva ley de seguridad social, Ley 20.130, ha hecho modificaciones a la tributaci\u00f3n del sector, por lo cual se perdi\u00f3 una oportunidad de actualizar las normas que son de 1975, y la construcci\u00f3n ha cambiado enormemente y seguimos con una ley y decreto que trae inconvenientes pr\u00e1cticos, que analizaremos en otra oportunidad.<br \/>\nLas Actividades comprendidas son las desarrolladas por personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas destinadas a la construcci\u00f3n, refacci\u00f3n, reforma o demolici\u00f3n (rubros de alba\u00f1iler\u00eda, electricidad, sanitaria, pintura, calefacci\u00f3n, etc.).<\/p>\n<p>Est\u00e1n comprendidos en este r\u00e9gimen, exclusivamente los trabajadores que tienen actividad directa en las obras en las actividades determinadas por la Ley 14.411.<\/p>\n<p>No se incluyen, en esta aportaci\u00f3n, a los directores, socios, due\u00f1os, t\u00e9cnicos, personal administrativo y obreros que no cumplan tareas directas en las obras, por \u00e9stos que se realizan los aportes por el sistema de Industria y Comercio.<\/p>\n<p>La excepci\u00f3n son los peque\u00f1os empresarios que trabajen directamente en obra y que tengan un n\u00famero reducido de trabajadores (m\u00e1ximo 6) y que contraten una obra en el per\u00edodo, en este caso los titulares aportan por Construcci\u00f3n.<br \/>\nNo se incluyen a los sub-contratos de taller, f\u00e1brica de materiales e industrias extractivas, que aportan por Industria y Comercio, as\u00ed como aquellas empresas que tengan su giro mayoritario en Industria y Comercio y que realicen tareas en construcci\u00f3n en forma secundaria (para la determinaci\u00f3n del giro principal hay que tener en cuenta la mano de obra utilizada directamente en obra en relaci\u00f3n al volumen de mano de obra total de la empresa).<\/p>\n<p>Se aporta por cada obra registrada en el BPS, y las tasas son distintas a las de industria y comercio. Los conceptos por lo que se aportan son: Aporte Unificado de la Construcci\u00f3n (AUC) que incluye los aportes jubilatorios (patronales y obreros), seguro por enfermedad, cuota parte que le corresponde a los obreros de aguinaldo, licencia y salario vacacional (dado que el BPS es qui\u00e9n liquida dichos beneficios a los trabajadores) y el seguro de accidentes de trabajo del BSE de los trabajadores de la obra.<\/p>\n<p>Al aporte de AUC se le debe adicionar el 4% de Caja de Jubilaciones Profesionales para obras de Arquitectura y 2% para obras de Ingenier\u00eda (en donde el BPS es agente de percepci\u00f3n).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se debe pagar el complemento de cuota mutual, el complemento del SNIS (Sistema Nacional Integrado de Salud), en caso de corresponder el adelanto de IRPF, fondo de garant\u00eda y el FRL, que m\u00e1s adelante veremos qui\u00e9n es el responsable del pago de estos impuestos.<\/p>\n<p>Por otra parte, se deben aportar otros fondos (fondos de la construcci\u00f3n y focer) que el BPS act\u00faa como agente recaudador.<\/p>\n<p>La discriminaci\u00f3n de AUC es la siguiente:<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Picture1.png\"><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-1060 alignnone\" src=\"http:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Picture1.png\" alt=\"\" width=\"811\" height=\"338\" srcset=\"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Picture1.png 811w, https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Picture1-300x125.png 300w, https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Picture1-768x320.png 768w\" sizes=\"(max-width: 811px) 100vw, 811px\" \/><\/a><\/p>\n<h1>2.- Formas de realizaci\u00f3n de una obra<\/h1>\n<p>Las obras se pueden dividir principalmente en 7 categor\u00edas:<\/p>\n<p>a) Obras por Administraci\u00f3n<br \/>\nb) Obras por Contrato.<br \/>\nc) Parte por administraci\u00f3n y parte por contrato<br \/>\nd) Obra de menor cuant\u00eda (menor a 85 jornales)<br \/>\ne) Auto construcci\u00f3n o mano de obra ben\u00e9vola.<br \/>\nf) Con personal propio (en caso de ser empresa)<br \/>\ng) Obras menores a 30 jornales (Ley 19.291, mod. Art. 501 Ley 20.075)<\/p>\n<h3>a) Obras por administraci\u00f3n:<\/h3>\n<p>El propietario de la obra es quien se hace cargo de la misma, contratando y administrando el personal, es el responsable de la presentaci\u00f3n de las planillas del personal ocupado al BPS, emisi\u00f3n de los recibos de sueldos y de la realizaci\u00f3n de la aportaci\u00f3n (AUC, CJPU, adelantos de IRPF (si corresponde), FRL, fondo de garant\u00eda, complemento de SNIS y Complemento de Cuota Mutual (s\u00ed corresponde).<\/p>\n<h3>b) Obras por contrato:<\/h3>\n<p>En este caso el propietario contrata a una empresa para la realizaci\u00f3n de la obra, y esta es responsable por la administraci\u00f3n de los obreros, emisi\u00f3n de los recibos de sueldos, realizaci\u00f3n de las planillas de construcci\u00f3n, donde se establecen los trabajadores que participaron en la obra por el mes, los jornales realizados, monto imponible de cada trabajador, etc., y la aportaci\u00f3n solamente de los adelantos de IRPF (si corresponde), Complemento del SNIS y FRL, dado que como es el responsable del pago de los jornales a sus trabajadores, tambi\u00e9n le realiza las retenciones correspondientes.<\/p>\n<p>El titular es responsable por el pago del AUC, CJPU, y Complemento de Cuota Mutual.<\/p>\n<h3>c) Parte por Adm. y parte por contrato<\/h3>\n<p>La obra se puede realizar por ejemplo la alba\u00f1iler\u00eda por administraci\u00f3n y contratar los restantes rubros (sanitaria, el\u00e9ctrica, etc.), y para cada parte se aplica lo expresado anteriormente.<\/p>\n<h3>d) Obras de menor cuant\u00eda<\/h3>\n<p>Son obras menores, que no se necesitan permisos de construcci\u00f3n, con un m\u00e1ximo de 85 jornales.<br \/>\nEs por contrato, y es quien realiza todos los tr\u00e1mites de inscripci\u00f3n de la obra y es el responsable del pago de todos los aportes y presentaci\u00f3n de las n\u00f3minas.<\/p>\n<h3>e) Auto construcci\u00f3n o mano de obra ben\u00e9vola<\/h3>\n<p>Auto construcci\u00f3n es el trabajo aportado por el titular de la obra y los componentes del grupo familiar, para la realizaci\u00f3n de vivienda destinada a habitaci\u00f3n del n\u00facleo<\/p>\n<p>MOB: es el trabajo aportado en forma gratuita, por colaboradores ajenos al grupo familiar<\/p>\n<p>Requisitos:<\/p>\n<p>&#8211; Deben colaborar en la obra familiares y amigos que no est\u00e9n desocupados.<br \/>\n&#8211; La vivienda debe ser de categor\u00eda popular.<br \/>\n&#8211; Debe ser \u00fanica vivienda para el n\u00facleo familiar y no debe ser para uso<br \/>\ncomercial o segunda vivienda<br \/>\n&#8211; Quienes trabajen en la obra deben acreditar idoneidad en construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>No se realizan aportes (s\u00ed el BPS declara la exoneraci\u00f3n total).<br \/>\nEn caso de ser parcial, deber\u00e1n aportarse por los jornales contratados.<\/p>\n<h3>f) Con personal propio<\/h3>\n<p>En aquellas empresas que realizan obras en sus propios predios, y utilizan a su personal para realizarlo, deben declaran dicha obra con el personal de la empresa que se afecte a las mismas, pudiendo aportar por su Actividad de Industria y Comercio. Ejemplo personal de mantenimiento o servicio que se afecte a pintar la empresa (un hotel, etc). Debe tenerse en cuenta que debe pagarse la diferencia de jornal entre la actividad habitual y la que establece el Laudo de Construcci\u00f3n<\/p>\n<h3>g) Obras menores a 30 jornales (ley 19291, mod. Art. 501 ley 20075)<\/h3>\n<p>Esta ley permite bajo determinadas condiciones que obras menores que no modifiquen planos, se puedan realizar bajo el r\u00e9gimen de aportaci\u00f3n de Industria y Comercio<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Cr. Gerardo Gervasio<br \/>\n\u2014-<br \/>\nLa Industria de la Construcci\u00f3n presenta caracter\u00edsticas especiales que la distinguen de la aportaci\u00f3n en Industria y Comercio ante el Banco de Previsi\u00f3n Social. <em><a href=\"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/caracteristicas-especificas-de-la-tributacion-a-la-seguridad-social-en-la-industria-de-la-construccion-primera-parte\/\" rel=\"nofollow\" class=\"morelink\">Leer M&aacute;s ...<\/a><\/em><\/p>\n            ","protected":false},"author":1,"featured_media":1061,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[39],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1059"}],"collection":[{"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1059"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1059\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1063,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1059\/revisions\/1063"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1061"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1059"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1059"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ferreirayasociados.com.uy\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1059"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}